Por Jaime Castro Ramírez
El fortalecimiento de la democracia tiene su esencia en la condición de legitimidad de las acciones y hechos que identifican su derrotero político, pues no de otra forma se garantiza la consolidación de la institucionalidad que debe operar como soporte del patrimonio democrático republicano.
Al hablar de democracia, y de la consiguiente legitimidad institucional, indiscutiblemente son el resultado de factores políticos que tienen su origen en la voluntad del pueblo para orientar sus decisiones tomadas en el ejercicio democrático en las urnas, las cuales constituyen un mandato supremo que por supuesto conlleva la absoluta obligación de tener que ser respetado y darle cumplimiento por parte de los gobernantes de turno.
El acuerdo Santos-Farc
La verdad es que el acuerdo firmado por el presidente Santos y las Farc adolece de graves problemas de ilegitimidad política y jurídica. Ilegitimidad política porque fue rechazado en las urnas y sin embargo el presidente Santos no respetó ese mandato del pueblo, y posee ilegitimidad jurídica por inconstitucional, pues a pesar del rechazo en las urnas, Santos y el congreso de la república se han tomado la ilegalidad de hacerlo parte de la Constitución Nacional, y más aun incluyéndolo en el bloque de constitucionalidad, es decir, que ese paquete de ilegitimidad queda en la Constitución como inamovible e inmodificable.
Un acuerdo que no fue refrendado porque fue rechazado en las urnas (Santos exigió que fuera el pueblo quien aprobara lo que él firmara con las Farc), esto significa que es un acuerdo totalmente frágil, y por supuesto vulnerable por ilegítimo. Dicho de otra forma, ese acuerdo es inexistente legalmente, lo que significa que únicamente existe como un mamotreto físico que fue impuesto autoritariamente por el presidente Santos contra la voluntad del pueblo, es decir, en contra de los cánones de la democracia.
El pueblo otorgaba la legitimidad al acuerdo Santos-Farc, el pueblo rechazó el acuerdo, luego ese acuerdo es ilegítimo.
Si el acuerdo es inexistente por ilegítimo, difícil entender entonces la validez legal de la implementación que a solicitud del gobierno el congreso de la república le está haciendo a ese tratado de ilegitimidad. Están nada menos que implementando lo que el pueblo a través de su mandato en las urnas le dijo NO como una orden de rechazo rotundo, no rechazando la paz, sino rechazando un mal acuerdo. Esto significaría que simplemente están actuando fuera de la Constitución y la ley, y en consecuencia, lo actuado es ilegal por definición.
Para la tal implementación del llamado acuerdo de paz están haciendo reformas constitucionales por vía rápida, aplicando el inconstitucional mecanismo que se inventaron del “fast track”, esto para saltarse lo ordenado por la Constitución en el sentido de que una reforma a la carta magna a
través del congreso de la república requiere el trámite de un acto legislativo en ocho debates, y en dos legislaturas ordinarias y consecutivas.
Además, el gobierno y el congreso están ahora embarcados en el trámite rápido de una reforma política para el posconflicto, reforma a la medida de las exigencias de las Farc, exigencias que fueron aceptadas por Santos en el acuerdo que él les firmó.
Es fácil concluir en que la decisión de Santos (a todas luces inapropiada) de no respetar el resultado del plebiscito, o sea, irrespetar el mandato del pueblo en las urnas que rechazó el citado acuerdo, esto no le conviene, ni al Estado y sus instituciones, ni al gobierno, ni a las Farc, ni a la política, ni a la democracia, y menos al pueblo colombiano. Simplemente se trató de un zarpazo de debilitamiento de la democracia colombiana.
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