2 feb 2014

Derechos humanos: ideología y ley

Por @Ruiz_senior

Colombia y el mundo

Una persona que ha vivido mucho tiempo fuera de Colombia tiene grandes dificultades para hacer entender a los colombianos una cosa que le resulta muy evidente: que el resto del mundo no se parece a Colombia, en particular el mundo civilizado, que en los demás países "izquierdista" no quiere decir "secuestrador" (los comunistas colombianos dirán que ellos no son secuestradores, tal como los que contratan sicarios no se consideran asesinos), por poner sólo un ejemplo. Todas las palabras y todos los contextos ideológicos y morales son distintos fuera de Colombia. Conviene recordarlo. También, algo de igual importancia: para el resto del mundo Colombia más bien no existe, salvo que haya cerca población colombiana y aumente la inseguridad. En el conjunto de la historia humana y aun de la población humana, Colombia es por completo irrelevante.

Colombia en el mundo
Pero más que por su escasa relevancia Colombia tiene respecto del resto del mundo una situación especial, algo que los colombianos no suelen comprender porque no han valorado suficientemente las dificultades de relación entre el interior del país y las costas y el hecho de que el núcleo del país sean las ciudades andinas, bastante lejos unas de otras y sobre todo lejísimos de los puertos, que también están lejísimos de los centros de poder mundial. Decía Alfonso López Michelsen que Colombia es el Tíbet de Sudamérica. Es una descripción muy plausible (incluso los países vecinos como Perú o Venezuela tienen sus capitales y centros neurálgicos en ciudades costeras). Esa situación de aislamiento es tal vez la decisiva a la hora de entender a Colombia, como intenté explicar en un artículo de hace diez años. Las peculiaridades de la política local, con sus atropellos descritos cínicamente como aplicación del derecho, también proceden de ahí, de la ideología de la Conquista "congelada" por el aislamiento y en todo momento presente sea cual sea el disfraz que se le ponga.

Resistencia a la modernidad
Esa ideología omnipresente es sólo un poco más fuerte y si se quiere profunda que en el resto de Hispanoamérica, donde también domina. Su reacción típica es el miedo al mundo moderno, miedo que desde la primera época de la Colonia se manifiesta como odio a Inglaterra (a Estados Unidos después). Son una misma cosa el apego a privilegios "rentistas" y la pasión contrarreformista, mucho más marcada después de que en el siglo XVIII la Ilustración hiciera de esos países los primeros en desarrollar instituciones democráticas, igualitarias y respetuosas de la libertad individual. Octavio Paz se maravillaba de que en su época el antiamericanismo se considerara una opción progresista, pues durante todo el siglo XIX en Hispanoamérica era una manía típica de los conservadores. El mismo autor aludía al autoritarismo de la izquierda mexicana como expresión de una "modernidad inauténtica". Es un rasgo común a toda la región.

La máquina del tiempo
Hace varios años un comentarista de este blog explicó cuáles eran los motivos de las castas del poder para maquinar toda clase de crímenes contra la democracia: la experiencia de subirse a un avión y viajar a un país avanzado. Así es el futuro, y no les gusta: sin servicio doméstico asustado y dócil, sin los gestos de admiración que les prodigan en Colombia todos a tan importantes señores, sin jerarquías claras ni seguridad en los ingresos para los amos... Un mundo a todas luces odioso. De ahí viene la adhesión al comunismo. Ya expliqué en otra parte que hacia 1970 la mitad de los colombianos eran analfabetos y los que llegaban a la universidad serían más o menos el 1% de mayor ingreso. Pero el comunismo era absolutamente hegemónico. Y es lo mismo en toda la región: la Revolución cubana fue el ascenso de los descendientes de españoles con vocación de burócratas, capaces de organizarse y de ser eficientes a la hora de despojar a los estadounidenses (que habían invertido grandes fortunas en el país y por ejemplo habían construido el malecón y el puerto de La Habana) y a la gente productiva, al tiempo que se aseguraba rentas y poder (la exclusión de los negros en Cuba fue comentada recientemente por Maria Anastasia O'Grady).

Bárbaros de izquierda y derecha
Como Hispanoamérica es diferente, esa reacción típica de las clases altas tradicionales y las tiranías que se derivan de su éxito se describen como "izquierda" (atendiendo al diccionario y al aspecto de resistencia del viejo orden, habría que llamarlos "derecha"). Pero eso no quiere decir que no haya una derecha que comparte la manía primordial de odio a la modernidad si bien no se disfraza de "progresismo" sino que abiertamente reivindica la inquisición y a Torquemada. La mayoría de esos ideólogos y activistas son personas de nivel cultural más bien bajo, pero también hay que contar entre ellos al único intelectual colombiano al que se toman en serio en Europa: Nicolás Gómez Dávila.

Rechazo a los derechos humanos
No se puede negar que la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano que tradujo del francés Antonio Nariño ni la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU de 1948 son conquistas de la izquierda, en el sentido en que esa palabra se entiende en el mundo civilizado: del bando de la democracia, la igualdad ante la ley y la libertad individual; del bando ilustrado-liberal. Eso genera una resistencia obvia de los conservadores, pero la refuerza el hecho de que tales derechos han sido manipulados por los terroristas. Como cuando se juntan el hambre y las ganas de comer: ya hay un rechazo al orden liberal, y ese rechazo tiene el grato pretexto de que Iván Cepeda y Piedad Córdoba, entre otros miles de angelinos, son descritos por la prensa como "defensores de Derechos Humanos". La falsedad de los criminales conjurados les sirve a los reaccionarios para desprestigiar un orden que fuera de Colombia nadie discute.

Un ejemplo
Quiero comentar un escrito aparecido recientemente y firmado por el presidente de la Asociación Colombiana de Juristas Católicos, Juan Carlos Novoa Buendía, en el que expone argumentos contra los derechos humanos.
El problema de los derechos humanos en los ordenamientos jurídicos contemporáneos 
Indefinición de los derechos humanos
Nunca antes se había hablado tanto de los derechos humanos como hoy. Surgen en todos los escenarios políticos, jurídicos y académicos. Su expresión se utiliza con variedad de propósitos, pero normalmente se acude a ellos para darle legitimidad al ordenamiento jurídico y al Estado en sí mismo, desplazando el fin que realmente legítima cualquier modelo jurídico y político: el bien común.
 
La oposición entre los derechos humanos y el bien común es falaz y corresponde a la grata previsión de que no hay nadie que esté contra el bien común. Y siendo una noción central, lo que debería primar sobre los derechos humanos, advierto al lector porque la explicación la encontrará al final del escrito. El bien común bien entendido debería ser la vigencia y aplicación efectiva de los derechos humanos.
No obstante la recurrencia al término para justificar las decisiones políticas y jurídicas en los Estados modernos, pocas veces se permite que se escudriñe su verdadera esencia o plataforma. En términos sencillos, hoy todo mundo habla de derechos humanos para apalancar su discurso, pero muy pocos, a veces nadie, se atreve a emprender la empresa de explicar su filosofía o fundamentación. 
Y es que luego de indagar sobre los derechos humanos, ahora comprendo la actitud vacilante de evitar discutir la base sobre la que se construye tal ideología. La razón es muy sencilla: ni siquiera sus precursores más connotados saben cuál es.
La idea de que algo como los derechos humanos necesita una "base" ya es una suposición curiosa. Podría pensarse por ejemplo en las leyes más antiguas de la humanidad, la de Moisés, para poner un ejemplo, que sirve de base al cristianismo. El "no matarás" podrá tener una "base" en la fe en un Creador cuyo mandato es ése, pero corresponde al interés de cada individuo de no morir a manos de otro. Si el derecho no se basa en el legítimo reclamo de cada individuos respecto de los demás y de las instituciones, de que se prohíba matarlo, sencillamente el derecho no existe y sólo cuenta el arbitrio del intérprete de la voluntad divina en cada ocasión.

La ideología en la que se basan los derechos humanos, la ideología liberal, es un progreso que a nadie se le ocurriría discutir en los países civilizados. Su esencia es la igualdad ante la ley, la libertad individual y la limitación del poder del Estado, que antes del siglo XIX era una máquina insignificante y generaba resistencia en la medida en que los monarcas absolutos tenían desde el punto de vista jurídico, si no fáctico, un poder omnímodo. Los derechos humanos son la respuesta al absolutismo y se sintetizan en la tríada de la Revolución francesa: libertad, igualdad, fraternidad. Los que quieren oponerse a esos valores deberían ir viendo que de lo que se trata es de abolir las instituciones democráticas (si no hay igualdad ante la ley mucho menos sentido tiene que haya sufragio universal) y las libertades que definen a las sociedades modernas.
En efecto, los mismos modernos herederos del kelsenianismo, dentro de los cuales destacamos a Norberto Bobbio, reconocen la crisis en el fundamento de los derechos humanos. Para superar dicho aprieto simplemente dicen que el asunto quedó resuelto con el consenso mayoritario expresado en las declaraciones universales de derechos. Para Bobbio lo importante del tema no es comprender su fundamento, sino su puesta en práctica. En palabras suyas: ‘‘el problema de fondo relativo a los derechos humanos no es hoy tanto el de justificarlos, como el de protegerlos’’.
La cita de Bobbio no demuestra que él reconociera como imposible encontrar una base para los derechos humanos. Simplemente dice que el problema no es justificarlos. Cosa que podrían decir cientos de millones de ciudadanos de los países civilizados: no hay que saber por qué la vida de uno es inviolable, sólo hay que buscar que no esté expuesta. ¿Cómo es que el doctor Novoa no cita las frases en que Bobbio "reconoce la crisis en el fundamento de los derechos humanos"? ¿No estará esperando que los lectores supongan que esa frase que cita demuestra eso? Tratándose de colombianos siempre hay que desconfiar, y más adelante veremos ejemplos de esa "libre interpretación" que todo colombiano se permite con el diccionario y con cualquier conjunto de palabras.
Con el mismo propósito, acudimos a Mauricio Beuchot, quien en su objetivo de explicar los derechos humanos en Maritain señaló que “Es importante la fundamentación filosófica de estos derechos humanos, su justificación, interpretación y jerarquización teóricas, pero es sobre todo urgente su cumplimiento y protección en la práctica.” Para él tampoco es tan importante tener claridad sobre los cimientos de los derechos humanos, pues al igual que Bobbio y Maritain, es suficiente el consenso de voluntades de los Estados para justificar su existencia. El asunto filosófico de los derechos humanos lo deja el autor mexicano a “la perspectiva filosófica que se adopte. Sobre todo depende de la filosofía del hombre que se tenga, y eso impulsa a buscar quienes tienen la verdadera idea del hombre y quienes la falsa. Y de ella se sigue la ética que dicta la tabla de valores y la jerarquía de los derechos.” Con dicha forma de pensar, la ideología de los derechos humanos termina siendo un instrumento político de los jueces, que dependiendo de su concepción antropológica deciden a quien reconocerle derechos y a quien recortarlos.
Fue fácil encontrar ejemplos de esa "liberalidad" típica, de esa "licencia para interpretar": el autor al que cita dice que es importante la fundamentación filosófica, etc., pero como no es lo más importante se deduce que no es tan importante. ¿Es más importante entender por qué no se debe discriminar a nadie por el color de su piel o impedir que se lo discrimine? Tanto Bobbio como Beuchot dicen lo obvio, de ninguna manera "reconocen" que no se pueden fundamentar los derechos humanos. Como si alguien supusiera que es más importante conocer las bases de la respiración que garantizarla.

Las bases de los derechos humanos pueden ser la tradición de la filosofía, la del derecho o la interpretación de alguna tradición religiosa. Supone que todas las personas disfrutan de igualdad ante la ley y de libertad para obrar dentro de un marco jurídico. Los jueces tendrán la "concepción antropológica" que quieran pero no pueden tratar a las mujeres como inferiores a los hombres precisamente porque existen los derechos humanos. Es decir, los derechos humanos son lo que impide que se concedan derechos a unos y se les nieguen a otros. La frase que he puesto en negrita es absurda, la hostilidad al liberalismo conduce al disparate.
Derechos humanos y la dignidad de la persona
Como podemos ver, los derechos humanos no tienen realmente una justificación que explique su incursión en el orden jurídico. Sin embargo, ante el reclamo legítimo de fundamentación, sus promotores han consensuado poner sus bases en la dignidad de la persona humana. Han dejado en la naturaleza del hombre la fuente de todos los derechos humanos. Han colocado al derecho en el sujeto.
No, no podemos ver que los derechos humanos no tienen una justificación, en el texto no se ha explicado eso, como no sean las citas alegremente interpretadas de Bobbio y Beuchot. Pero además la dignidad de la persona humana no es la naturaleza del hombre. La naturaleza del hombre es la disposición que tiene en cuando individuo de la especie Homo sapiens sapiens, su dignidad no puede consistir en esa disposición. En el diccionario académico no aparece ninguna acepción de "dignidad" que corresponda a esa noción. En el de María Moliner se lee: "Cualidad de las personas por la que son sensibles a las ofensas, desprecios, humillaciones o faltas de consideración". La vaguedad del término trata de ocultar las connotaciones religiosas de otro que sería más apropiado: "sacralidad". Todas las personas son sagradas en cuanto personas sin que ello suponga ninguna creencia religiosa: son sagradas porque la ley prohíbe matar. ¿Cuestionamos la fundamentación de la ley que prohíbe matar? Claro, es de lo que se trata, no de permitir matar sino de destruir la fundamentación laica del derecho para favorecer la dominación de cierto clero.
Maritain en su libro “los derechos del hombre” justifica que los derechos humanos están anclados en la dignidad de la persona, por el solo hecho de ser, al decir que “Cosas hay que son debidas al hombre por el solo hecho de ser hombre. La noción de derecho y la noción de obligación moral son correlativas: ambas descansan sobre la libertad propia de los agentes espirituales; si el hombre está obligado moralmente a las cosas necesarias para la realización de su destino, es porque tiene el derecho a realizar su destino, tiene derecho a las cosas necesarias para ello”.

Colocar el derecho en la naturaleza del sujeto es una tesis equivocada que queda en evidencia por la simple observación de la realidad que nos enseña que la naturaleza no concede derechos; sino por el contrario, la naturaleza exige al hombre deberes. Basta mirar al hombre y su fragilidad en sus distintas etapas, desde que nace hasta que se hace viejo, para observar su permanente dependencia natural, que no lo convierte en acreedor de la naturaleza para derivar de ella derechos, sino en un deudor insolvente que no le alcanza su vida para pagar la deuda de los cuidados y perfecciones físicas y morales que recibió a lo largo de su existencia. Por ello, es correcto afirmar que la naturaleza no proporciona derechos, sino deberes.
Esa frase de Maritain es muy interesante: claro que no pueden concebirse los derechos humanos si no es precisamente con esa idea de que el hombre tiene características universales, que le "son debidas" por ser hombre, aunque no puede ser un fundamento de los derechos humanos sin caer en la tautología (es decir, la defensa de los derechos humanos se basa en eso y no podría ser explicación una cosa de otra). En cierta medida no son la base de la ley sino que se infieren de ella, como ya he explicado con el ejemplo de la ley de Moisés.

Pero eso no quiere decir que la naturaleza conceda derechos: los derechos son deberes de los demás para con uno. (María Moliner: "Con respecto a una persona, circunstancia de poder exigir una cosa porque es conforme a derecho" y "se emplea también con referencia a cosas moralmente justas".) Es decir, la naturaleza no otorga derechos sino que lo hace la sociedad. Inferir de la idea de que se tienen derechos por ser persona, según el consenso de las personas en cierto momento de la historia, que alguien está pensando que la naturaleza otorga derechos, es de nuevo ese pensamiento tramposo que uno se encuentra por todas partes. En este caso atribuir una superstición a quienes defienden una propuesta legal asentada en hechos demostrables.
Conforme a la tesis subjetivista, la persona y su dignidad resultan ser el centro del cosmos, un fin en sí misma del cual emanan los derechos humanos, los cuales se convierten en el medio que facilita el disfrute que dictaminan sus apetitos. Una cualidad del sujeto, una de sus facultades, una posibilidad de actuar. Con todo, los derechos humanos son un poder que tiene origen en la voluntariedad de la persona.
En la típica paranoia ya resultó que los derechos humanos surgen de la masonería o de quién sabe qué conjura anticatólica: La persona y su sacralidad no son el centro del cosmos sino del derecho y del orden jurídico. Si el orden jurídico está centrado en una figura religiosa se está violentando el derecho de los demás a no creer, y entonces el subjetivismo y el kelsenianismo son pretextos para la destrucción de la civilización moderna según los preceptos de Joseph de Maistre o de quién sabe qué retrógrado. El alegato contra los derechos humanos no es pura duda y negatividad sino el directo propósito de volver a la teocracia que en la Edad Media pudo reinar en algunas partes de Europa y a los momentos más tenebrosos de la Contrarreforma y la inquisición: que haya derechos humanos es un problema porque no será fácil quemar herejes. Es todo el problema.
A esta postura racionalista se unen en la práctica las líneas jurisprudenciales de los tribunales constitucionales contemporáneos, dentro de los cuales es preciso matricular a nuestra Corte Constitucional, que luego de su creación en el año 91, ha sido una constante en sus decisiones judiciales, proclamar que la dignidad del hombre es el sustento de los derechos humanos, y que por tanto legitiman el ordenamiento jurídico y la existencia del Estado, que valga decir, la Corte entiende que son posteriores a éstos.
No es lícito esperar que no haya trampa: las cortes colombianas son parte de una conjura criminal, en ningún país civilizado, y puede que en ningún país, serían presidentes del máximo tribunal personajes como Carlos Gaviria (para quien "no es lo mismo matar para enriquecerse que matar para que la gente viva mejor") o Eduardo Montealegre (para quien "el derecho fundamental a la paz está por encima de cualquier consideración, incluso sobre la obligación que tienen todos los países de castigar con cárcel los crímenes de lesa humanidad y de guerra"); son simplemente criminales que inventan pretextos para proteger las industrias de las bandas terroristas.

No creo que nadie ignore que los derechos humanos no son anteriores al Estado,  menos personas formadas en el marxismo: el Estado surge como máquina de dominación, despojo y opresión de un grupo de hombres sobre otro, según explicó Franz Oppenheimer. Otra cosa es que los derechos humanos llegan a ser el sentido de la existencia del Estado. Un Estado que excluyera a una parte de los ciudadanos, que permitiera matarlos, que discriminara por la raza, etc., sería sólo una banda de forajidos. Es decir, los derechos humanos son la norma fundamental de cualquier comunidad humana hoy en día.
Como muestra de la afirmación anterior y en honor a la verdad es menester transcribir apartes de sus primeras sentencias, especialmente la T-571 de 1992, en donde expresamente definió que “Los derechos humanos fundamentales que consagra la Constitución Política de 1991 son los que pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana. De allí que se pueda afirmar que tales derechos son inherentes al ser humano: es decir, los posee desde el mismo momento de su existencia -aún de su concepción – y son anteriores a la misma existencia del Estado, por lo que están por encima de él.”
Parece que esa sentencia pretende concebir el origen del Estado en la Constitución de 1991. Es verdad que son malhechores y que son bastante ignorantes (Carlos Gaviria hablaba tranquilamente de una "carta en blanco" queriendo decir "carta blanca"), pero no podrían suponer que los Estados primitivos eran posteriores a los derechos humanos. 
Consecuentemente, debemos afirmar que entre las definiciones de dignidad humana y derechos humanos existe una relación de causa – efecto. Es decir, es a partir del sujeto que brotan los derechos.
No, los derechos brotan del acuerdo de la sociedad. Cuando es lícito matar o torturar a los que no van a misa, que es de lo que se trata, la sociedad no ha llegado a un consenso sobre la sacralidad de la vida y la integridad de cada persona.
El derecho es un objeto y no está en el sujeto
Como respuesta a esta ideología heredada de la noción subjetivista del derecho, acuñada por Guillermo de Occam, se opone con radicalidad la sana filosofía del realismo jurídico clásico aristotélica-tomista que define al derecho como una cosa que nos corresponde según la Justicia;como el arte jurídico de decir lo justo debido al otro descubierto en una realidad, en una relación de hombres, conforme al orden natural.
La tosquedad del cuento llega aquí a un extremo cómico: la serie de inferencias produce un galimatías que termina siendo absurdo. "Derechos humanos" son aquellos que toda persona puede exigir según el contrato social, el derecho es otra acepción de la palabra, "conjunto de principios y normas...". No se trata de noción subjetivista del derecho sino de la garantía lograda por el progreso de la sociedad de que el Estado protege la vida y prohíbe toda discriminación. Que eso es lo mismo que el bien común resulta una obviedad salvo que se forme parte de un proyecto retrógrado muy concreto.
En cuanto a este punto, es obligado revisar a Michel Villeyv, quien precisamente en su crítica al pensamiento occamiano, expresó que “ el ius –derecho- no es subjetivo, en el sentido que revestirá esta palabra en el lenguaje escolástico; es objetivo, es decir, que lejos de ser atributo, cualidad interna del sujeto, parte integrante de su ser, es creación segunda del Arte jurídico, imaginario, “incorporal”, la porción que es adjudicada; fracción de cosas y no poder sobre las cosas.”

Nótese cómo el derecho para el realismo requiere para su existencia la relación entre los hombres, esto es, de un factor objetivo y externo a la persona; mientras que para la ideología de los derechos humanos el derecho brota del hombre mismo, es decir, de su naturaleza.
No, esto es falaz: nadie ha dicho que el derecho brote de la naturaleza del hombre, que para la mayoría de los pensadores liberales sería la de una especie animal, sino que esos derechos (que cada persona puede reclamar) existen como garantías universales. Esa cuestión obvia se traslada a discusiones escolásticas (rara vez mejor dicho) para enturbiar las aguas acerca de algo que es obvio y claro para cualquiera. Claro que la doctrina de los derechos humanos obedece a una ideología y aun a un proyecto político, la resistencia colombiana, en sus variante del clero ultramontano y en la del clero totalitario, también. 

Supongo que pocos lectores habrán llegado hasta aquí: ¿qué importancia tiene todo esto?, se preguntarán. Toda: todo lo que ocurre en Colombia es que la globalización del modelo liberal-democrático despierta rechazo entre las castas privilegiadas del viejo orden. La rebelión de los fundamentalistas católicos es sólo una variante de la misma rebelión de los universitarios comunistas.
Aquí vale la pena detenernos para plantearnos la siguiente cuestión: si en la concepción de los derechos humanos, todos los hombres tienen derechos por el solo hecho de ser hombres, ¿cuál la necesidad de tribunales y jueces que estudien el arte de decir el derecho, si todos ya lo tenemos?. Indefectiblemente, la ideología de los derechos humanos nos lleva al absurdo, pues su planteamiento virtual nos aleja de la realidad.
Otro galimatías falaz: la función de los tribunales y jueces es aplicar las leyes, no estudiar el arte de decir el derecho. El hecho de que uno tenga un derecho no quiere decir que uno sepa derecho. Aquí la confusión entre las distintas acepciones de "derecho" resulta penosamente burda. La función del juez es proteger los derechos humanos, de modo que si las personas a las que otras ven como sus costillas quieren reclamar sus derechos van a donde los funcionarios que podrán decir si esa reclamación es correcta. ¿Cómo podría decirlo cualquiera cuando se trata de relaciones entre personas? Aquí ya se pasa de la mala fe al ridículo.
En ese orden, podemos afirmar con tranquilidad que lo que se denomina derechos humanos, en realidad no es un asunto del derecho, pues lo jurídico no se basa en el sujeto, como equivocadamente se piensa, sino más bien, en el objeto que surge de la relación entre sujetos. Los derechos humanos no son jurídicos, a lo sumo podrá ser una expresión que trasmite un ideario político que pende y se ajusta a los deseos de los hombres para desarrollarse libertariamente.
A partir de una deformación torpe de las nociones elementales se concluye que los derechos humanos no son jurídicos: ¿qué quiere decir que algo sea "jurídico"? (DRAE: "Que atañe al derecho o se ajusta a él"). Viene a resultar que la norma de que ninguna persona sea torturada no es jurídica por mucho que esté en todos los ordenamientos jurídicos. Todo esto no es serio, da risa.
Los derechos humanos y su contradicción.
No obstante haber concluido que los derechos humanos no albergan en su seno el derecho, sino una especie de ideología política para dar rienda suelta al desenfreno de la naturaleza caída del hombre, en gracia a la discusión, vamos a admitir su incursión en el escenario jurídico, pero con el único propósito de revelar sus contradicciones a la hora de su puesta en práctica, que en últimas es lo que mas le preocupa a los precursores de este embeleco.
La conclusión es absurda: los derechos humanos no albergan en su seno el derecho porque es el derecho el que los alberga en su seno. Tengo que volver a copiar la definición de "derecho" del diccionario académico: "Conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva". Los derechos humanos son esa idea de justicia y orden que regula las relaciones humanas en las sociedades civilizadas modernas, en las que ciertamente a nadie se le ocurriría cuestionarlos. Existen para proteger a todas las personas, a los individuos de la especie Homo sapiens sapiens, de los enderezadores de su naturaleza caída, que los podrían quemar vivos y torturar (por desgracia en Colombia la gente no puede ver los instrumentos de tortura de la Inquisición, contra cuyas prácticas la Ilustración del mundo civilizado promovió los derechos humanos).
En primer lugar y como lo dijimos hace momento, los derechos humanos contradicen el arte de lo jurídico, pues admitir que los derechos descansan en la naturaleza humana o en su dignidad, es negar la existencia de jueces que declaren los derechos, pues éstos ya están en cabeza de todos y no se requiere de una declaración adicional.
¡Qué montón de falacias estúpidas! El hecho de que una persona tenga derecho a no ser torturada no puede significar que esa persona tenga en su cabeza nociones jurídicas, aquí ya no es mala fe o ridículo sino pura idiotez. Los derechos no descansan en la naturaleza humana sino en el acuerdo de los individuos que componen la sociedad. Y los jueces no declaran los derechos sino que aplican la ley en los casos en que se puede vulnerar el derecho de cada uno.
En segundo aspecto, y parafraseando a Enrico Pascucci de Ponte los derechos humanos se contradicen cuando es el principal garante institucional de la libertad del ser humano, pero es al mismo tiempo, el principal limitador de la misma. Tal aserto de Pascucci de Ponte es apoyado con la afirmación y un ejemplo de Francisco Carpintero Benítez que explica mejor esta contradicción al decir: “Quizá la realidad que más salte a la vista a la hora de matizar este optimismo de los defensores de la ideología de los “derechos humanos” es que supone una contradicción insostenible que a un hombre se le diga que es libre, con una completa indeterminabilidad, que el punto de partida de todo teoría jurídica y política es él en cuanto libre y que, al mismo tiempo, se le fuerce a participar en empresas colectivas tales como el sostenimiento de la seguridad social, la erradicación de la pobreza o la defensa de la nación, actividades que frecuentemente son opuestas a lo que cada individuo decide libremente y para las que no se pide su consentimiento par llevarlas a cabo.”
Más y más falacias: la libertad de un individuo está en toda noción jurídica limitada por el derecho positivo. A un hombre se le dice que es libre y por tanto puede ir a misa o no ir a misa, etc., no puede rebanar al vecino en lonchas y freírlo. ¿Nadie les explicó que la libertad tiene límites? Un niño de cinco años lo entendería, sólo que necesitan inventarse interpretaciones disparatadas en aras de un proyecto ideológico y político que es puro delirio.
En tercer término, la existencia de los derechos humanos ponen en jaque los derechos humanos de los demás. Me explico: Al derecho a la vida se opone el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo; al derecho al pudor le sale al frente el derecho a la libertad sexual; al derecho al matrimonio se encara el derecho al divorcio; al derecho a la salud le reta el derecho a la sostenibilidad fiscal. Así pues, el ordenamiento jurídico y el Estado que existen con posterioridad a los derechos, como lo dice nuestra Corte Constitucional, no pueden protegerse del todo, pues siempre el reconocimiento de un derecho humano implica la negación de otro. Por ello es que el propio iuspositivista Norbeto Bobbio ve que los derechos humanos no pasan de ser solo “buenos deseos”. Y con más fuerza el profesor Villey los cataloga como irreales, porque prometen cosas que no pueden conseguir o, si se consiguen es al precio de probar de ellas a otros; ilusorios, porque gracias a esa imposibilidad, siempre acarrean desilusión; y son en definitiva peligrosos, porque dejarán a muchos resentidos”.
Pobre lector, ya puede ir adivinando lo estúpido que me resulta esto. ¿Cómo es que hay un derecho a la interrupción voluntaria del embarazo? ¿En qué lista de derechos humanos aparece eso? En ciertos ordenamientos jurídicos se tolera el aborto en ciertos plazos o bajo ciertos supuestos. Eso forma parte del derecho positivo de cada sociedad y a nadie se le ocurriría que forma parte de los derechos humanos. ¿Este pensador ocupa un alto cargo en la Procuraduría? Pobre país. Tampoco existe un derecho humano al pudor y en las normas de cada sociedad hay límites más o menos estrictos respecto a la posibilidad de exhibir el cuerpo o las relaciones sexuales. El derecho al matrimonio no se encara con el derecho al divorcio porque el derecho al matrimonio sólo podría entenderse como que uno se puede casar, no que no pueda romper ese vínculo. ¿Cómo es posible tanta mala fe? Es la noción que reina en Colombia del oficio de jurista. Puede servir de radiografía perfecta del colombiano. Y ciertamente no hay ningún "derecho humano" a la sostenibilidad fiscal,
En cuarto lugar, y como consecuencia del problema práctico de los derechos humanos que se enfrentan, surge otro problema y es el de la interpretación o de la ponderación de derechos cuando éstos entran conflicto. Para ello se hace necesario continuar relativizando el derecho y moldeándolo a las necesidades de la ideología, esto es, negar el carácter absoluto de los derechos humanos, que en principio es el que da la legitimidad al orden jurídico y al Estado moderno. Al respecto, es importante mostrar la postura de la Corte Constitucional sobre el derecho a la vida, que se supone es el más claro de los derechos que emanan de la naturaleza humana y que debe demandar mayor protección y goce por parte del ordenamiento jurídico y del Estado. En sentencia que analizó la constitucionalidadx del delito del aborto, la Corte para despenalizarlo manifestó: “De las distintas disposiciones del derecho internacional de los derechos humanos que hacen parte del bloque de constitucionalidad no se desprende un deber de protección absoluto e incondicional de la vida en gestación; por el contrario, tanto de su interpretación literal como sistemática surge la necesidad de ponderar la vida en gestación con otros derechos, principios y valores reconocidos en la Carta de 1991 y en otros instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos, ponderación que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha privilegiado. Dicha ponderación exige identificar y sopesar los derechos en conflicto con el deber de protección de la vida, así como apreciar la importancia constitucional del titular de tales derechos, en estos casos, la mujer embarazada.”
En este caso se juega con mala fe haciendo frente a la mala fe complementaria. Si les interesara realmente el aborto (y no el castigo y a partir de ahí el control de la sexualidad y la dominación sobre una parte de la población) promoverían el uso de anticonceptivos, pero precisamente son enemigos de esos productos porque quieren promover la castidad y entonces el gore y la angustia por los abortos no lo son por el asesinato que tanto claman sino por el pecado de fornicación, que tiende a producir personas menos creyentes y dóciles. O combatirían los abortos por otros medios que la persecución penal: sólo se trata de un pretexto para conservar una dominación que en gran medida todavía ejercen sobre millones de colombianos.

Claro que puede haber conflicto entre unos y otros derechos humanos, y que muchos de los que se han aprobado son discutibles y aun problemáticos, pero cuando el horizonte de la política y aun de las instituciones judiciales es otro que la asimilación al mundo civilizado sólo se está en un camino de barbarie. El nombre de esa asimilación es DERECHOS HUMANOS: la plena vigencia del derecho a la vida, a la libertad de conciencia, etc.
Como bien se conoce, la Corte en aquella oportunidad dio al traste con la vida de los más indefensos, al retóricamente sentenciar que los que están por nacer no tienen un derecho, sino un valor a la vida, el cual debe ceder al derecho a la salud sexual y reproductiva de la mujer.
Ya he explicado en muchos sitios que el clero asesino de las universidades pretende desplazar a la Iglesia y reemplazarla: una burocracia opresiva en lugar de otra, una de curas severos que ayudan a prosperar a sus familias regañando a todo el mundo y otra de charlatanes libertinos que llaman "dar" al "quitar" y superan a los anteriores en demagogia. Ciertamente es peor el Estado totalitario que los antiguos, pero es como decir que las ruedas pentagonales son mejores que las triangulares.
Conclusión
Bajo esa lógica, cualquier conducta, por más inhumana que sea, puede recibir el bautismo de derecho humano por parte de los jueces constitucionales. Esa es una consecuencia lógica de una ideología que no le interesa su fundamento, sino su protección. Esto ocurre, sencillamente, porque hay una absoluta indeterminación de los derechos humanos, los cuales serán determinados por el que ejerza el poder de turno.
No, existe una Declaración Universal de los Derechos Humanos que los define con bastante precisión, y aun fuerzas coercitivas que los imponen. De modo que si el señor Novoa consiguiera sacar a Colombia de esa declaración y empezara a quemar gente viva podría resultar expuesto a la persecución por parte de esas fuerzas coercitivas. La determinación de los derechos humanos está en esa declaración que ya tiene 65 años (aunque las leyes no se jubilan). El proteger los derechos humanos antes que interpretarlos no es una opción sino exactamente lo que impone la ley, una ley que por lo demás Colombia firmó. Lo de que "cualquier conducta se vuelve derecho humano" es falaz, ridículo y tonto. Un nivel de discusión digno a fin de cuentas del país. 
En ese sentido no puede ser más dañino para el ordenamiento jurídico y el Estado apoyar su legitimidad en los derechos humanos, pues como hemos visto, es una ideología que no persigue el orden del hombre en sociedad para alcanzar la Bienaventuranza, no busca el bien común de los hombres en cuanto hombres; no le permite cumplir con sus deberes conforme a su naturaleza, sino, todo lo contrario, los derechos humanos buscan el reconocimiento y la protección del disfrute de cualquier deseo desviado que le indique su naturaleza herida, lo cual no hace otra que alejar al hombre de su verdadero bien: de Dios.

Exactamente, alcanzar la Bienaventuranza es una opción personal y no una tarea del Estado. Lo que cuestiona por motivos ideológicos el doctor Novoa es la separación entre Iglesia y Estado y también la democracia, pues ¿cómo puede el pueblo decidir algo si el Estado tiene por objeto llevar a los hombres a la Bienaventuranza y acercarlos a Dios?

Los deseos desviados en el mundo apartado y primitivo del doctor Novoa pueden incluir ser ateo o budista o musulmán, pero exactamente esa palabra (desviados) la usan los que han matado a miles de cristianos por serlo en muchísimos países en los últimos años.

Sólo en Colombia encuentra uno propuestas tan bárbaras, tan hundidas en el más sanguinario y obstinado delirio de los siglos oscuros. Y ciertamente esa licencia para estar por encima de los derechos humanos tiene una gran familiaridad con las sectas totalitarias: sociológicamente son lo mismo, grupos de poder de la vieja sociedad resistiendo a la modernidad; ideológicamente no son tan extraños: muchísimos profesores universitarios de los que adoctrinan para la revolución se formaron en los seminarios, que además fue donde nacieron las universidades hispanoamericanas. Eso por no hablar de los jesuitas de la Teología de la Liberación, los más cínicos promotores de los crímenes terroristas: sólo unas décadas antes de adoctrinar a Fidel Castro ayudaban al antisemita español Onésimo Redondo, abiertamente pro-nazi.

En todos los casos, los ultramontanos son minoría y su poder mengua día a día. En realidad sirven para convertir a los promotores del terrorismo en intelectuales progresistas y ahí sí defensores de los derechos humanos. Lo que Colombia necesita es verdaderos defensores de esos derechos capaces de llevar a las FARC y el ELN y a todos sus mentores a los tribunales internacionales por crímenes de lesa humanidad.

Claro, para hacer eso hay que creer en los derechos humanos.

No hay comentarios.: